Comienza la campaña para presentar las solicitudes de ayudas directas de la PAC para 2020

Más de 693.000 productores podrán presentar hasta el próximo 30 de abril, la solicitud única de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC). El importe total de estas ayudas asciende a 4.954 millones de euros, que se podrán abonar en forma de anticipos a partir del 16 de octubre, y el saldo a partir del 1 de diciembre.

Mediante la solicitud única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. Resulta de gran importancia la correcta cumplimentación de dicha solicitud, así como su presentación dentro del plazo establecido, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas.

Como en campañas anteriores, la solicitud única debe dirigirse a la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de la superficie de la misma. En caso de no disponer de superficie, se presentará en la comunidad autónoma en la que se encuentre el mayor número de animales.

Las ayudas directas que se pueden solicitar están recogidas en el real decreto, aprobado a finales de 2014 y modificado el 1 de noviembre de 2019, sobre la aplicación a partir de dicho año de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería. En esta norma se describen los requisitos necesarios para poder optar a cada ayuda y la información mínima que debe contener la solicitud única.

TIPOS DE AYUDAS

Las ayudas que se pueden solicitar en 2020 son las siguientes:

  1. Regímenes de ayuda comunitarios.

–  Pago básico a los agricultores («régimen de pago básico»);

–  Pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (“pago verde”);

– Pago complementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola.

–   Pago del régimen para los pequeños agricultores

  1. Regímenes específicos de ayudas por superficie:

–   Pago específico al cultivo del algodón.

  1.  Regímenes de ayuda asociada voluntaria, en aplicación del artículo 52 del Reglamento (UE) 1307/2013.

–  Ayuda asociada al cultivo del arroz

–  Ayuda asociada a los cultivos proteicos

–  Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas

–  Ayuda asociada a las legumbres de calidad

–  Ayuda asociada a la remolacha azucarera

–   Ayuda asociada al tomate para industria

–  Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas

–  Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.

–  Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.

– Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.

– Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.

– Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación d derechos de pago básico.

-Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

-Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

SOLICITUDES DE PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL, RESERVA NACIONAL Y CESIONES DE DERECHOS

También mañana se abre el plazo de presentación de las solicitudes de pago de las medidas de desarrollo rural incluidas en el ámbito del sistema integrado de gestión y control (básicamente ayudas por superficie y ayudas ganaderas), la comunicación de cesión de derechos de pago básico y la solicitud de derechos para la Reserva Nacional de Pago Básico, que está orientada fundamentalmente hacia los jóvenes agricultores y hacia aquellos productores que se incorporan a la actividad agraria y que cuentan con una formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario.

Para facilitar la cumplimentación de la solicitud única y teniendo en cuenta que todos los solicitantes de ayudas deben presentar la denominada “declaración gráfica”, de acuerdo con el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), de todas las parcelas agrícolas de la explotación, el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación pone la información necesaria a disposición de los solicitantes mediante el acceso al SIGPAC a través de su página Web (www.mapa.es), de la Web del FEGA (www.fega.es) o de las comunidades autónomas.

En el contexto de la agenda de simplificación y modernización de la PAC, en la campaña 2020, España va a seguir ampliando la aplicación de los controles por monitorización de las superficies declaradas por los agricultores en determinadas áreas geográficas, como sistema para llevar a cabo los controles sobre el terreno. En este ámbito, España es uno de los Estados miembros pioneros en la utilización de las nuevas tecnologías para la simplificación y mejora de los controles.

En esta campaña 2020 se realizarán los controles por monitorización en zonas geográficas específicas de un total de 15 comunidades autónomas, sobre todas las ayudas del primer pilar de la PAC y algunas medidas del segundo pilar. Las zonas seleccionadas se publicarán en los próximos días en la página web del FEGA (www.fega.es).

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