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La reforma laboral es un ataque directo al sector agrario, según ASAJA

ASAJA GRANADA advierte que el contrato eventual es imprescindible en campañas estacionales como la recogida de la aceituna o de frutas y hortalizas, así como en faenas agrícolas puntuales, que duran lo que duran, que se desarrollan a la intemperie y no siempre en la misma explotación, lo que no quiere decir que sean trabajos en precario, sino que su condición intrínseca es la temporalidad y que quien ha redactado esta norma no tiene ni remota idea de la realidad del campo.

El texto del Real Decreto publicado en el BOE el pasado 30 de diciembre sobre la Reforma Laboral recoge que únicamente podrán justificarse los contratos temporales en dos casos, el primero por circunstancias de la producción cuando haya un incremento ocasional e imprevisible de la actividad empresarial (o previsible, pero con una duración reducida dentro de la contratación fija y limitada a un máximo 90 días anuales no consecutivos) y el segundo por sustitución de la persona trabajadora, por lo que no habría alternativas para dar cobertura a necesidades de tipo estacional como son las labores agrarias de recolección o las faenas agrícolas puntuales como talas, podas, riegos, limpieza de fincas, salvo el contrato fijo-discontinuo, que no se adapta a la realidad del campo y derivará en una pérdida de empleo.

La actividad agrícola y ganadera es la actividad con mayor capacidad empleadora y   la que mejor resiste las adversidades como la que vivimos actualmente con la pandemia. Es la que más números de contratos firmados acaparó en la provincia de Granada en 2020, con 160.162 contratos, el 39,78% del total, a mucha distancia de la segunda sección de actividad más contratada que es la hostelería, con un 10,82%, según datos del SEPE. Además, los últimos datos de la Seguridad Social indican en la provincia hay 62.200 trabajadores afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Agrarios, que representan el 18% del total, muy por delante el sector industrial (6,50%) y de la construcción (5,42%). Muchos de estos contratos, aunque de carácter temporal, podrían perderse y muchos granadinos ocuparían las listas del paro y no tendrían un jornal que llevarse a casa.

El  campo tiene como condición intrínseca la temporalidad al estar condicionada la actividad agrícola a una duración determinada ―según épocas de recolección y otras casuísticas como el clima o la mayor o menor producción―, a que su desarrollo se hace a la intemperie y los trabajadores circulan por diferentes explotaciones, lo que no significa precariedad de los contratos, sujetos a convenio, sino que la mano de obra que se requiere es la eventual. La reforma no responde, por tanto, a las necesidades del sector agrario, a pesar del acuerdo alcanzado entre el Gobierno, CEOE y sindicatos, y desde ASAJA se va a seguir trabajando para que se regule adecuadamente sobre la estacionalidad estructural del sector.

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