El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto que actualiza la distribución de las competencias sancionadoras entre los distintos órganos de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural. Asimismo, establece los plazos de los procedimientos, con un máximo común de seis meses para la resolución y notificación.
Entre otras novedades, el decreto atribuye la competencia sancionadora por infracciones relacionadas con embarcaciones pesqueras a la persona titular de la delegación territorial de la provincia donde el buque tenga su puerto base, frente a la anteriormente establecida de la del lugar del comisión del hecho infractor.
En líneas generales, la distribución de órganos competentes queda como sigue: la persona titular de la Consejería para cuantías iguales o superiores a 30.001 euros; las titulares de las direcciones generales afectadas por razón de la materia para las multas de entre 6.001 y 30.000 euros, y las de las delegaciones territoriales para las de menos de 6.000.